P#1: ¿Mi estatus migratorio durante la administración Trump hace que sea una mayor prioridad para las autoridades migratorias al regresar de un viaje internacional o al viajar dentro de Estados Unidos?

R#1: TODAS LAS PERSONAS que ingresan a Estados Unidos desde el extranjero están sujetas a controles más rigurosos, independientemente de su estatus migratorio. Asimismo, quienes viajan dentro del país pueden enfrentar un mayor riesgo de ser detenidos según su situación migratoria, especialmente si su estatus actual ha vencido o si se encuentran en una situación que está bajo mayor escrutinio, como tener una solicitud de asilo o de residencia permanente pendiente de aprobación. Dependiendo de su situación migratoria particular, los riesgos de enfrentar problemas al presentarse ante un oficial varían. Las preguntas y los requisitos cambian según si usted es ciudadano estadounidense, residente permanente legal, presenta una visa de no inmigrante o tiene una solicitud pendiente.
P#2: Soy ciudadano estadounidense. ¿Existe algún riesgo asociado con viajar al extranjero?
R#2: En general, los ciudadanos estadounidenses enfrentan riesgos mínimos relacionados con la inmigración al viajar al extranjero. No se les puede negar la entrada a Estados Unidos, pero sí pueden ser detenidos al ingresar. Sin embargo, ciertos factores pueden generar complicaciones, como tener órdenes de arresto pendientes u otros asuntos legales sin resolver. Esto probablemente resulte en una detención al intentar reingresar a Estados Unidos, aunque se relaciona más con asuntos penales que con el estatus migratorio.
P#3: ¿Cuáles son los riesgos de viajar como residente permanente legal?
R#3: Aunque los residentes permanentes legales tienen todo el derecho de viajar al extranjero y regresar a Estados Unidos, deben tener precaución. Cualquier ausencia prolongada de más de 180 días puede interpretarse como un abandono de la residencia, lo que probablemente dará lugar a un interrogatorio adicional por parte de los oficiales de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP). Las recientes reinterpretaciones de la ley han hecho que viajar sea mucho más riesgoso para los residentes permanentes legales que tienen asuntos penales pendientes y, si tienen algún asunto penal pendiente, no deberían viajar. Los residentes permanentes legales que hayan sido condenados por ciertos delitos, incluso delitos leves, podrían quedar sujetos a procedimientos de deportación al regresar a Estados Unidos. Un residente permanente legal también debe asegurarse de que su tarjeta de residencia y su pasaporte no estén vencidos, ya que esto también podría ocasionar demoras considerables.

P#4: Soy beneficiario de DACA, TPS o un permiso de permanencia temporal (parole). ¿Es seguro viajar al extranjero?
R#4: Por lo general, las personas que tienen estos tipos de estatus solo pueden viajar por motivos previamente aprobados. La solicitud de autorización debe presentarse con mucha anticipación al viaje previsto y, por lo general, la autorización se concede únicamente por un período determinado y por un motivo específico. Incluso si una persona recibe autorización para viajar con anticipación, siguen existiendo riesgos. Los agentes fronterizos tienen la facultad discrecional de negar el reingreso, aun cuando la persona tenga documentos de viaje válidos. Los cambios en las políticas migratorias anunciados mientras la persona se encuentra en el extranjero podrían impedirle reingresar a Estados Unidos. Por ejemplo, cuando Trump asumió la presidencia, tanto en su primera como en su segunda administración, canceló de inmediato el permiso anticipado de viaje (Advance Parole) para los beneficiarios de DACA, lo que dejó a muchos solicitantes varados fuera de Estados Unidos cuando canceló el programa.
P#5: ¿Qué sucede si tengo una visa de no inmigrante, ya sea de turista, estudiante o trabajo, e ingreso a Estados Unidos desde el extranjero?
R#5: Los titulares de visas de no inmigrante deben tener presentes varios riesgos. Cada vez que solicitan ingresar a Estados Unidos, el oficial de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) tiene la facultad de decidir si les permite la entrada. Si ingresan como estudiantes o trabajadores, también deben asegurarse de tener una visa válida y el estatus correspondiente vigente. Al momento del ingreso, los oficiales de CBP evalúan si la persona sigue cumpliendo las condiciones de su visa y si entra a Estados Unidos por los motivos declarados. Además, pueden hacer una amplia variedad de preguntas sobre sus antecedentes, incluidas sus actividades en las redes sociales. Los cambios en las políticas migratorias, las prohibiciones de viaje y el mayor escrutinio están dificultando mucho más el ingreso a Estados Unidos, y cualquier duda que tenga el oficial de CBP probablemente dará lugar a una denegación de entrada. Actualmente, incluso los viajes dentro del país están sujetos a un mayor escrutinio. Por ello, la persona debe verificar que su visa esté vigente, contar con pruebas de su participación en el programa correspondiente y tener en cuenta cualquier asunto penal u otro problema pendiente.

P#6: ¿Qué precauciones debo tomar si he solicitado la residencia permanente por asilo o por matrimonio con un ciudadano estadounidense, pero mi solicitud aún no ha sido aprobada?
R#6: Según la interpretación de la administración actual sobre la situación migratoria de quienes tienen una solicitud de residencia permanente pendiente, si usted tenía otro estatus migratorio, como el de estudiante o turista, y posteriormente solicitó la residencia permanente, pero ya no cuenta con un estatus migratorio vigente, la administración Trump considera que usted se encuentra ilegalmente en Estados Unidos hasta la fecha en que reciba su tarjeta de residencia permanente. Por lo tanto, si está esperando que se le expida su tarjeta de residencia permanente, incluso si ya recibió un permiso de trabajo, no debería ingresar a un aeropuerto, ya que muchos de los casos recientes reportados de personas detenidas corresponden a solicitantes de residencia permanente con solicitudes pendientes.
Eamonn P.S. Roach es un abogado en la oficina Roach & Bishop, LLP en Pasco, Washington, que practica la ley en asuntos de inmigración. Esta información no consiste en un consejo legal. Es posible que esta información no se aplique a usted. Cada caso depende de todos los hechos particulares. Si usted tiene preguntas acerca de las leyes de inmigración que le gustaría respondidas en esta columna, envíelas a: Eamonn P.S. Roach, 9221 Sandifur Parkway, Suite C, Pasco, WA 99301, tel.: (509) 547-7587, fax: (509) 547-7745; o enviar un email a eroach@roachlaw.com.
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